Oferta para expertos
Última actualización: 2026-08-22
Condiciones de colaboración con un experto externo (Oferta)
Operador: Center for the Development of Intimate Relationships s.r.o., IČO 23321342, Na Folimance 2155/15, 120 00 Praha 2, República Checa
Plataforma: Mysteries.love
Revisión: 6 de 22.08.2026
1. Disposiciones generales
1.1. El presente documento es una oferta pública del Operador dirigida a las personas físicas y jurídicas que deseen colaborar con la Plataforma en calidad de experto externo.
1.2. La aceptación de la Oferta se realiza pulsando el botón de aceptación de las condiciones en el área personal del experto. El Operador registra y conserva automáticamente: el momento de la aceptación, el idioma de la edición presentada, la fecha de su publicación, la huella criptográfica del texto y el texto íntegro de dicha edición. La misma información se registra en el momento en que se presenta al Experto una nueva versión de las condiciones (cláusula 11.2.1) — es decir, antes de la aceptación y con independencia de ella. Estos datos se conservan como prueba de qué texto exactamente fue presentado y aceptado o entró en vigor.
1.3. Desde el momento de la aceptación surge entre el Operador y el Experto un contrato en las condiciones de la presente Oferta y de aquella versión de las Condiciones Individuales que estuviera vigente en el momento de la aceptación.
1.4. La Oferta no es un contrato de trabajo. El Experto no mantiene una relación laboral con el Operador, organiza su actividad de forma autónoma y asume de forma autónoma las obligaciones fiscales y de seguridad social en su propia jurisdicción.
1.5. Al aceptar la presente Oferta, el Experto declara que la información sobre su estatuto jurídico facilitada por él al Operador es veraz, y se obliga a comunicar al Operador la modificación de su estatuto jurídico en el plazo de 10 días naturales desde la fecha de la modificación. A las relaciones entre las Partes les son de aplicación las disposiciones de la Sección 16 que correspondan al estatuto jurídico efectivo del Experto.
2. Definiciones
Plataforma — el sitio web mysterieslove.com y los servicios asociados a él.
Experto — la persona que ha aceptado la presente Oferta y que ostenta la condición de experto externo en el sistema de la Plataforma.
Condiciones Individuales — el conjunto versionado de parámetros de la colaboración de un Experto concreto: el Baremo de tarifas aplicable, el coeficiente y el plazo de los devengos residuales y el plazo de preaviso de terminación. Se muestran al Experto en el apartado «Contrato» del área personal.
Baremo de tarifas — el conjunto de reglas que determinan la cuantía de la remuneración en función del tipo de ingreso, del modelo de financiación de la producción, del origen de la captación del comprador y del estado de la amortización.
Modelo de financiación — atributo del Material que determina a cargo de quién se ha realizado su producción: financiado por el Operador, financiado por el Experto o financiación conjunta.
Material — un curso, un programa, una consulta, una emisión en directo, la grabación de una emisión en directo u otro resultado de actividad intelectual publicado en la Plataforma con la participación del Experto.
Amortización — el proceso de recuperación por el Operador del coste de producción del Material con cargo a la parte del Operador en los ingresos por sus ventas.
Devengo — el registro de la remuneración del Experto correspondiente a un hecho generador de ingresos concreto, que contiene una instantánea de la tarifa aplicada.
3. Objeto
3.1. El Experto ofrece Materiales para su publicación en la Plataforma, imparte consultas y emisiones en directo, y el Operador garantiza la publicación, la promoción, el cobro de los pagos, el soporte técnico y el abono de la remuneración en las condiciones de la presente Oferta.
3.2. El Operador no garantiza al Experto volumen alguno de ventas, consultas o ingresos.
3.3. El Operador podrá denegar la publicación de cualquier Material sin expresión de causa, así como retirar de la venta un Material publicado en los supuestos previstos en la presente Oferta.
4. Publicación de Materiales y moderación
4.1. El Material es remitido por el Experto a moderación a través del área personal. El Operador lo examina y adopta una de las siguientes decisiones: aprobarlo, devolverlo para su corrección indicando las observaciones, o rechazarlo.
4.2. Al aprobarlo, el Operador registra el modelo de financiación del Material y, para los modelos financiado por el Operador y financiación conjunta, el coste de producción. Estos valores se muestran al Experto en el área personal.
4.3. El modelo de financiación lo propone el Experto y lo aprueba el Operador. Sin un modelo acordado, el Material no se publica.
4.4. El Experto garantiza que ostenta todos los derechos sobre el Material ofrecido, que el Material no vulnera derechos de terceros y que todas las personas cuya imagen, voz u obras se utilizan en el Material han otorgado los consentimientos necesarios.
4.5. Documentos de los participantes. Antes de la publicación de un Material en el que aparezca cualquier persona distinta del propio Experto, el Experto facilitará al Operador, respecto de cada una de dichas personas:
a) copia de un documento de identidad que contenga apellidos, nombre y fecha de nacimiento;
b) consentimiento escrito para participar en el rodaje, que contenga: la confirmación del carácter voluntario de la participación; la descripción del carácter del Material y del carácter de la participación; el consentimiento para la captación de imagen y voz; el consentimiento para la difusión del Material en la Plataforma y a través de los canales del Operador; el territorio y el plazo de difusión; el consentimiento para la transformación (montaje, fragmentos, subtítulos, traducción, doblaje); el derecho del Operador a utilizar el Material en el alcance de la cláusula 7.1 con carácter indefinido;
c) el consentimiento para el tratamiento de datos personales, incluidas la imagen y la voz, con indicación de las finalidades y de los plazos de conservación;
d) un consentimiento separado para la creación y el uso de un modelo sintético de voz, si la participación implica tal uso;
e) la confirmación de la capacidad de obrar y de la ausencia de coacción;
f) la fecha del rodaje y la indicación del Material al que se refiere el consentimiento;
g) los datos de contacto del participante que permitan al Operador verificar el consentimiento.
4.6. El Experto garantiza que, en el momento del rodaje, cada participante había cumplido 18 años, y que el documento de la cláusula 4.5(a) ha sido verificado por él personalmente. El Operador lleva a cabo su propia verificación de la edad de cada participante antes de la publicación del Material; la verificación por el Experto no es suficiente. El Material no se publica hasta que finalice la verificación por el Operador. Los Materiales con participación de personas menores de 18 años no se admiten a publicación bajo ninguna circunstancia.
4.7. El consentimiento del participante obtenido antes del rodaje no puede sustituirse por un consentimiento obtenido después de él. El consentimiento revocado por el participante pone fin a la ulterior difusión del Material con su participación, pero no afecta a los derechos de las personas que pagaron el Material antes de la revocación, salvo en el caso de retirada total del Material (cláusula 12.8).
4.8. El Operador podrá exigir los documentos de la cláusula 4.5 en cualquier momento, suspender la publicación del Material hasta su entrega y denegar la publicación en caso de su ausencia o disconformidad.
4.9. Los documentos de la cláusula 4.5 se conservan por el Operador en un almacenamiento protegido con acceso restringido; cada acceso a ellos queda registrado. El plazo de conservación es el plazo de difusión del Material y el subsiguiente plazo de prescripción. El responsable de estos datos es el Operador; el Experto deberá entregar los documentos al Operador y no los conservará más tiempo del necesario para la entrega. El procedimiento de entrega y la responsabilidad del Experto por la veracidad de los documentos se regulan en un acuerdo separado.
5. Remuneración
5.1. La cuantía de la remuneración se determina por el Baremo de tarifas indicado en las Condiciones Individuales y depende de cuatro atributos del hecho generador de ingresos: el tipo de ingreso, el modelo de financiación del Material, el origen de la captación del comprador y el estado de la amortización.
5.2. La tarifa aplicada a un Devengo concreto queda fijada en el momento en que se produce el hecho generador de ingresos y no se revisa posteriormente, ni siquiera en caso de modificación ulterior del Baremo de tarifas.
5.3. Para los Materiales con los modelos de financiación financiado por el Operador y financiación conjunta se aplica una tarifa reducida hasta que finalice la amortización. Una vez que la parte acumulada del Operador alcance el coste de producción registrado, la tarifa se incrementa automáticamente.
5.4. Si la amortización no finaliza dentro del plazo indicado en las Condiciones Individuales, la tarifa se incrementa al vencimiento de dicho plazo con independencia del importe amortizado.
5.5. Si el comprador ha sido captado a través del enlace personal del Experto, se aplica una tarifa incrementada. Si el Experto ha captado a un comprador para el Material de otro autor, la remuneración se abona conforme a las reglas del programa de afiliados y no conforme a la presente Oferta.
5.6. El Devengo por una consulta surge por el hecho de su celebración. Se considera celebrada también la consulta en la que el Experto estuvo dispuesto a realizarla a la hora acordada y el Cliente no se presentó, o se presentó con un retraso que impedía su realización. La consulta cancelada por el Cliente dentro del plazo establecido por las reglas de cancelación, así como la consulta no celebrada por causas imputables al Experto, no generan remuneración.
5.7. La grabación de una emisión en directo publicada como Material independiente se remunera conforme al régimen general. El uso de una grabación o de parte de ella dentro de un Material creado con anterioridad se remunera mediante un honorario fijo acordado por las partes por separado.
5.8. En caso de devolución de fondos al comprador, el Devengo correspondiente se anula. Los importes ya abonados no son objeto de restitución; la anulación se practica con cargo a devengos posteriores.
6. Régimen de liquidación
6.1. Los devengos son aprobados por el Operador. Los devengos aprobados quedan disponibles para el pago.
6.2. El pago se efectúa al término de cada periodo de liquidación sin importe mínimo; no se aplica umbral de pago.
6.3. El pago se realiza mediante transferencia bancaria a los datos indicados por el Experto en el área personal, en el plazo de 10 (diez) días hábiles desde el momento de la confirmación de la solicitud por el Operador. La moneda de liquidación es el euro.
6.4. Comisiones bancarias. Las comisiones del banco receptor y de los bancos corresponsales, así como los gastos de conversión de divisa, corren a cargo del Experto; el pago se transfiere neto de dichas comisiones cuando estas se detraen del importe transferido. El Experto deberá indicar datos que permitan recibir una transferencia en euros; los gastos derivados de la indicación de datos incorrectos o incompletos, incluidos la devolución de la transferencia y su reenvío, corren a cargo del Experto.
6.5. Efectuado el pago, el Operador emite un certificado que detalla la composición del pago. El certificado no es una factura a efectos del IVA. El Experto registrado como sujeto pasivo del IVA cumple sus obligaciones en materia de IVA de forma autónoma.
6.6. El Experto asume de forma autónoma las obligaciones fiscales derivadas de la percepción de la remuneración en la jurisdicción de su residencia fiscal. El Operador no practica retención en la fuente sobre los pagos.
7. Derechos sobre los Materiales
7.1. Licencia para atender los accesos vendidos. El Experto otorga al Operador una licencia indefinida, irrevocable y no exclusiva para el uso del Material en el alcance necesario para proporcionar acceso a las personas que lo pagaron antes del momento de la terminación del contrato. La presente licencia mantiene su vigencia tras la terminación del contrato por cualquier causa y no puede revocarse. La única causa de extinción de la presente licencia es la retirada total del Material (cláusula 12.8).
7.2. Materiales producidos a cargo del Experto. El Experto otorga al Operador una licencia no exclusiva para el uso del Material en la Plataforma por el plazo de vigencia del contrato. El Experto podrá difundir dicho Material en otras plataformas.
7.3. Materiales producidos a cargo del Operador. Los derechos exclusivos sobre dicho Material corresponden al Operador. Respecto de cada uno de dichos Materiales las partes suscriben un acta separada de cesión de los derechos exclusivos; la presente Oferta no basta para la transmisión de los derechos. El acta se suscribe antes de la publicación del Material. El Experto conserva el derecho de autoría y el derecho a que se indique su nombre.
7.4. Materiales producidos conjuntamente.
7.4.1. Cuando se acuerde el modelo de financiación financiación conjunta, el Operador registra y muestra al Experto en el área personal: el coste total de producción del Material, el importe de la aportación del Operador y el importe de la aportación del Experto. La cuota del Experto en la financiación se determina como la relación entre su aportación y el coste total de producción y queda fijada en el momento de la aprobación del Material; no está sujeta a revisión posterior.
7.4.2. Los derechos exclusivos sobre el Material producido conjuntamente corresponden al Operador. El Experto conserva el derecho de autoría y el derecho a que se indique su nombre.
7.4.3. Tras la terminación del contrato, el Material permanece a disposición del Operador y continúa vendiéndose. Al Experto se le devenga remuneración por las ventas de dicho Material durante 24 (veinticuatro) meses desde la fecha de terminación del contrato.
7.4.4. La tarifa en dicho periodo se determina como la tarifa que se aplicaba a ese Material en la fecha de terminación del contrato, multiplicada por la cuota del Experto en la financiación (cláusula 7.4.1), pero no inferior al coeficiente de devengos residuales indicado en las Condiciones Individuales ni superior a la unidad.
7.4.5. Al vencimiento del plazo indicado en la cláusula 7.4.3, los devengos por el Material cesan. El Experto no adquiere derechos sobre el Material ni podrá exigir su retirada de la venta, su cesión o su rescate.
7.4.6. El mecanismo previsto en las cláusulas 7.4.3–7.4.5 no se aplica en caso de terminación del contrato por las causas de la cláusula 11.4. En ese caso solo son exigibles los devengos surgidos antes de la terminación.
7.4.7. Si en el momento de la terminación del contrato el coste de producción no ha sido recuperado, el Experto no asume obligación alguna de reembolsar la parte del Operador, ni el Operador de restituir la parte del Experto. Las aportaciones de ambas partes constituyen su riesgo empresarial.
8. Grabaciones, materiales derivados y síntesis de voz
8.1. El Operador podrá grabar las emisiones en directo y las consultas impartidas por el Experto, salvo que las partes acuerden otra cosa por escrito. El consentimiento del cliente para la grabación de una consulta lo obtiene el Operador por separado — en la oferta al cliente y al efectuar la reserva; la presente Oferta no sustituye dicho consentimiento.
8.2. El Operador podrá crear materiales derivados sobre la base de las grabaciones: fragmentos, montajes, subtítulos, traducciones y doblajes a otros idiomas.
8.3. Síntesis de voz. El Operador podrá crear y utilizar un modelo sintético de la voz del Experto exclusivamente para la localización de los Materiales publicados en la Plataforma. El uso del modelo para cualesquiera otras finalidades, incluida la locución de materiales no grabados por el Experto y los materiales publicitarios y promocionales, sólo se admite con el consentimiento escrito separado del Experto y mediante remuneración separada.
8.4. El Experto podrá exigir en cualquier momento la supresión del modelo sintético de voz, remitiendo al Operador un requerimiento escrito. Desde el momento de la recepción del requerimiento, el Operador cesa la creación de nuevos materiales mediante el modelo sintético de la voz del Experto. La supresión se lleva a cabo en la forma y en los plazos previstos en la cláusula 8.7; dichos plazos se computan desde la fecha de recepción del requerimiento. Los materiales creados con anterioridad continúan utilizándose en el alcance previsto en la cláusula 7.1.
8.5. Los derechos previstos en la presente Sección no se extienden al uso de las grabaciones ni de la síntesis de voz fuera de la Plataforma ni fuera de las finalidades indicadas en las cláusulas 8.2–8.3.
8.6. Tres objetos distintos. La presente Sección distingue: (a) las grabaciones de la voz del Experto — utilizadas por el Operador en las condiciones de la licencia prevista en la cláusula 7.1; (b) El modelo sintético de voz — pertenece al Operador. El Experto no adquiere derecho alguno sobre él. Los derechos del Experto sobre las grabaciones de su voz y sobre su propia voz no se ven afectados por la pertenencia del modelo al Operador; (c) los materiales derivados creados mediante el modelo — su suerte ulterior se determina por la cláusula 7.1 y no depende de la suerte del propio modelo, salvo que otra cosa resulte de disposiciones legales imperativas.
8.7. Tras la terminación del contrato. Tras la terminación del presente Contrato, el Operador asegura la supresión del modelo sintético de la voz del Experto: en el plazo de 10 días naturales remite al proveedor la instrucción de supresión y, en el plazo de 30 días naturales, confirma por escrito al Experto el resultado. Si el proveedor no ha llevado a cabo la supresión en dicho plazo, el Operador cesa el uso del modelo, revoca el acceso a él e informa al Experto del plazo efectivo de su supresión. Las copias en archivos de respaldo se suprimen en el plazo de su rotación ordinaria y no se utilizan durante dicho plazo.
8.8. El Operador podrá recurrir a proveedores terceros para la creación y el uso del modelo. Dichos proveedores se contratan en condiciones conformes a las exigencias de la legislación de protección de datos personales y se indican en la política de privacidad de la Plataforma.
8.9. El cese de la síntesis se produce junto con la terminación del presente Contrato. Las solicitudes del Experto basadas en la legislación de protección de datos personales se tramitan en la forma establecida por la política de privacidad de la Plataforma; la presente cláusula no limita los derechos que la ley reconoce al Experto.
9. Nombre e indicación de autoría
9.1. El Experto otorga al Operador el derecho a utilizar su nombre, seudónimo, imagen y datos biográficos para la presentación de los Materiales y la promoción de la Plataforma durante el plazo de vigencia del contrato.
9.2. Tras la terminación del contrato, el nombre del Experto se mantiene en la descripción de los Materiales que permanecen con el Operador como indicación de autoría. El Experto asume esta obligación a cambio de la remuneración prevista en la presente Oferta y no constituye consentimiento para el tratamiento de datos personales en el sentido de la normativa de protección de datos; en consecuencia, no puede revocarse de forma unilateral. La indicación de autoría se mantiene en la ficha de catálogo del Material y en sus créditos. Al mismo tiempo, el Experto queda excluido del catálogo público de expertos de la Plataforma, su página personal se cierra y cesa la reserva de consultas con él.
9.3. Tras la terminación del contrato, el Operador cesa la presentación activa del Experto: el perfil público se archiva y el Experto queda excluido de las selecciones, recomendaciones y materiales de marketing.
10. Datos personales
10.1. El tratamiento de los datos personales del Experto se lleva a cabo conforme a la política del Operador en materia de tratamiento de datos personales.
10.2. Los datos necesarios para la ejecución del contrato y para el cumplimiento de las exigencias contables y fiscales, incluida la información sobre los pagos, se conservan durante los plazos establecidos por la legislación aplicable, incluso tras la terminación del contrato.
10.3. Los datos de pago del Experto se conservan cifrados. El acceso a ellos por parte del personal del Operador queda registrado.
11. Plazo, modificación de las condiciones y terminación
11.1. El contrato está vigente desde el momento de la aceptación hasta su terminación por las causas previstas en la presente Sección.
11.2. Modificación de las condiciones. Las Condiciones Individuales se modifican mediante la emisión de una nueva versión. La nueva versión entra en vigor desde el momento de su aceptación por el Experto. La versión ya aceptada no se altera.
11.2.1. Si el Experto no ha aceptado la nueva versión, el Operador podrá ponerla en vigor de forma unilateral al vencimiento de 45 (cuarenta y cinco) días naturales desde la fecha de comunicación al Experto de la emisión de la nueva versión. Hasta el vencimiento de dicho plazo continúa aplicándose la versión aceptada con anterioridad. La comunicación se remite al área personal y a la dirección de correo electrónico del Experto.
11.2.2. El Experto podrá terminar el contrato dentro del plazo indicado en la cláusula 11.2.1 si no está conforme con la nueva versión. Los devengos surgidos antes de la puesta en vigor de la nueva versión se calculan conforme a las condiciones anteriores.
11.2.3. Clases de modificaciones. Las modificaciones neutras para el Experto o que mejoren su posición entran en vigor al vencimiento del plazo de preaviso. Las modificaciones que empeoren la posición del Experto de cara al futuro entran en vigor al vencimiento del plazo de preaviso; en tal caso, el Experto podrá, antes de la fecha de entrada en vigor de dichas modificaciones, terminar el contrato conservando los devengos en el mismo alcance que en caso de terminación del contrato sin culpa suya. Las modificaciones que afecten a devengos ya practicados carecen de eficacia: a cada operación se aplican las condiciones que estuvieran vigentes en el momento de esa operación.
11.2.4. Ausencia de efecto retroactivo. La extensión de una nueva edición a las relaciones surgidas antes de su entrada en vigor solo es posible mediante aceptación expresa del Experto y en ningún caso se produce por el vencimiento del plazo de preaviso.
11.3. Terminación a iniciativa de cualquiera de las partes. Cada parte podrá terminar el contrato comunicándolo a la otra parte con el plazo de preaviso indicado en las Condiciones Individuales. Durante el plazo de preaviso el Experto completa las obligaciones asumidas en materia de consultas y emisiones en directo, o bien las partes reembolsan a los compradores lo pagado.
11.4. Terminación por culpa del Experto. El Operador podrá terminar el contrato de forma inmediata, sin observar el plazo de preaviso, y retirar sin demora de la venta los Materiales del Experto en los siguientes casos:
a) inexactitud de las garantías previstas en la cláusula 4.4;
b) ausencia de los documentos previstos en la cláusula 4.5, su invalidez, o la negativa a facilitarlos a requerimiento del Operador;
c) participación en un Material de una persona que no había cumplido 18 años en el momento del rodaje, o de una persona que no ha prestado su consentimiento — con independencia de la culpa del Experto;
d) publicación de un Material que infrinja la legislación aplicable o las normas de los sistemas de pago y de los adquirentes;
e) vulneración de derechos de terceros en el Material, incluida la apropiación de obras ajenas;
f) quebrantamiento de la confidencialidad o revelación de datos personales de los usuarios de la Plataforma;
g) captación de usuarios de la Plataforma para la prestación de servicios fuera de la Plataforma eludiendo las liquidaciones previstas en la presente Oferta;
h) incumplimiento de consultas o emisiones en directo confirmadas sin causa justificada en dos o más ocasiones dentro de 90 días naturales;
i) facilitar al Operador información inexacta sobre la identidad, el estatuto fiscal o los datos de pago;
j) actos del Experto que hayan causado un daño reputacional sustancial a la Plataforma, incluida la sujeción a responsabilidad penal por la acusación de delitos violentos o de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales;
k) exigencia de un banco o de un sistema de pago, o resolución de una autoridad estatal competente, que haga imposible la continuación de la colaboración.
11.5. Suspensión. Hasta el esclarecimiento de las circunstancias, el Operador podrá suspender la publicación de los Materiales del Experto y el devengo de la remuneración, sin terminar el contrato, habiendo comunicado al Experto el motivo. Si no se confirman las causas previstas en la cláusula 11.4, se reanuda la publicación y los devengos suspendidos se abonan íntegramente.
11.6. El acceso de las personas que pagaron los Materiales antes de la terminación o de la suspensión se mantiene en virtud de la cláusula 7.1 en todos los casos, salvo en el caso de retirada total del Material (cláusula 12.8).
12. Consecuencias de la terminación
12.1. Los Materiales con el modelo de financiación financiado por el Operador permanecen a disposición del Operador y continúan vendiéndose.
12.2. Los Materiales con el modelo de financiación financiado por el Experto se retiran de la venta al vencimiento del plazo de preaviso. El acceso de las personas que los pagaron con anterioridad se mantiene con carácter indefinido, salvo en el caso de retirada total del Material (cláusula 12.8).
12.3. Devengos residuales. Respecto de los Materiales que permanecen a disposición del Operador, la remuneración al Experto continúa devengándose durante el plazo y con el coeficiente indicados en las Condiciones Individuales. Dichos pagos constituyen pagos de licencia (regalías) por el uso del Material. En caso de terminación del contrato por culpa del Experto no se practican devengos residuales; solo son exigibles los devengos surgidos antes de la terminación.
12.4. Amortización no concluida. Si en el momento de la terminación del contrato el coste de producción del Material no ha sido recuperado, el Experto no asume obligación alguna de reembolsar la diferencia. La aportación del Operador constituye su riesgo empresarial.
12.5. Suprimido.
12.6. La terminación del contrato no afecta a los derechos de las personas que pagaron los Materiales antes de la terminación. El Operador mantiene su acceso con carácter indefinido, salvo en el caso de retirada total del Material (cláusula 12.8).
12.7. Suspensión de las ventas. El Operador podrá retirar un material de la venta manteniendo el acceso a las personas que lo adquirieron con anterioridad. La suspensión se aplica cuando un participante del rodaje revoca su consentimiento, en caso de incidente reputacional, durante el periodo de esclarecimiento de las circunstancias (cláusula 11.5), así como en caso de terminación del presente Contrato por cualquier causa. En caso de suspensión no se practica compensación alguna a los compradores.
12.8. Retirada total del Material. El Operador pone fin al acceso al material para todas las personas, incluidas las que lo adquirieron con anterioridad, exclusivamente por una de las siguientes causas: (a) el material infringe la ley; (b) el consentimiento de un participante del rodaje está ausente o es inválido; (c) un participante del rodaje no ha cumplido 18 años; (d) prohibición firme de un tribunal o de una autoridad estatal; (e) exigencia de un sistema de pago; (f) revocación del consentimiento de un participante en un alcance que hace imposible seguir proporcionando el acceso sin infringir la ley. En caso de retirada total se ofrece a cada comprador a su elección: la sustitución por un material de valor comparable, un crédito dinerario para compras futuras o una devolución dineraria. La elección corresponde al comprador y se realiza en el plazo de 30 días naturales desde el momento del envío del ofrecimiento; si el comprador no ha realizado la elección en dicho plazo, se le concede un crédito dinerario por el importe del precio efectivamente pagado. El plazo de utilización del crédito no está limitado.
12.9. Distribución del coste de la retirada. Si la retirada obedece a una circunstancia del lado del Experto (cláusula 11.4), el coste de las devoluciones, los créditos y las sustituciones se detrae de los devengos del Experto y es exigible en la parte no cubierta. Si la retirada es una decisión del Operador en ausencia de circunstancias del lado del Experto, dicho coste corre a cargo del Operador y los devengos del Experto se mantienen en el mismo alcance que en caso de terminación del Contrato sin culpa suya.
12.10. Devengos residuales y coste de producción no amortizado. (a) No se practican devengos residuales en caso de terminación del contrato por las causas de la cláusula 11.4. (b) La parte no amortizada del coste de producción del Material no se reclama al Experto por ninguna causa de terminación del contrato; las partes no la consideran deuda del Experto.
12.11. El plazo de 24 meses establecido en la cláusula 7.4.3 es el plazo de devengo de la remuneración al Experto en caso de financiación conjunta de la producción y no limita el plazo de venta del material: al vencimiento de dicho plazo cesan los devengos, mientras que el material permanece a la venta y el Experto no podrá exigir su retirada. El plazo de devengos residuales establecido en la cláusula 12.3 es autónomo y no queda sin efecto por la presente cláusula.
13. Confidencialidad
13.1. Las partes se obligan a no revelar a terceros la información que hayan conocido en relación con la ejecución del contrato sobre las condiciones financieras de la colaboración, los datos personales de los usuarios de la Plataforma y los procesos internos del Operador.
13.2. La obligación mantiene su vigencia tras la terminación del contrato: con carácter indefinido — respecto de los datos personales de los usuarios de la Plataforma y de la información que constituya secreto empresarial del Operador; respecto de la demás información — durante el plazo de prescripción.
14. Responsabilidad
14.1. El Experto responde de la veracidad de las garantías previstas en la cláusula 4.4 e indemniza al Operador por los daños derivados de su inexactitud, incluidas las reclamaciones de terceros.
14.2. El Operador no responde del lucro cesante del Experto.
14.3. El Operador no responde de las interrupciones del funcionamiento de la Plataforma causadas por circunstancias ajenas a su control razonable.
15. Ley aplicable y resolución de controversias
15.1. Al contrato le es de aplicación el Derecho de la República Checa. Todas las controversias derivadas del contrato o relacionadas con él se someten al conocimiento del tribunal del domicilio del Operador — en la ciudad de Praga, República Checa.
15.2. La presente Oferta se otorga en ruso, inglés, alemán y español. En caso de discrepancia entre las versiones lingüísticas, prevalecerá la versión en inglés.
15.3. Si alguna disposición concreta de la Oferta fuera declarada inválida, las restantes disposiciones conservarán su vigencia.
16. Particularidades según el estatuto jurídico del Experto
La presente Sección contiene disposiciones aplicables al Experto según su estatuto jurídico. Las demás Secciones de la Oferta se aplican a todos los Expertos sin excepciones. No se publican ediciones separadas de la Oferta por estatuto jurídico: el presente texto es la única edición. Para el Experto que sea persona física no se establecen particularidades; se aplican las disposiciones de la presente Oferta sin excepciones.
16.2. El Experto es empresario individual
16.2.1. La presente cláusula se aplica al Experto que sea empresario individual (OSVČ / empresario individual / autónomo). La presente edición se dirige a las personas que ejercen una actividad empresarial por cuenta propia. Al aceptar la Oferta, el Experto confirma que actúa en el marco de dicha actividad, que está registrado en la forma establecida y que indica en el área personal su número de registro (IČO o equivalente) y, en su caso, su número de IVA.
16.2.2. La presente cláusula se aplica al Experto que sea empresario individual y se aplica en lugar de la cláusula 1.4. La Oferta no es un contrato de trabajo. El Experto actúa como empresario por cuenta propia, asume sus propios riesgos empresariales, determina de forma autónoma el modo y la forma de prestar los servicios y cumple de forma autónoma las obligaciones fiscales y de seguridad social.
16.2.3. La presente cláusula se aplica al Experto que sea empresario individual y complementa la Sección 6. El Experto deberá mantener actualizada la información sobre su registro y su estatuto fiscal, incluida su condición de sujeto pasivo del IVA. En caso de cambio de estatuto, el Experto introducirá las modificaciones en el área personal antes de presentar la siguiente solicitud de pago.
16.2.4. La presente cláusula se aplica al Experto que sea empresario individual y complementa la Sección 6. Cuando el Experto disponga de número de IVA, las liquidaciones se practican teniendo en cuenta las reglas sobre la prestación transfronteriza de servicios; el Experto declara y abona el IVA en su propia jurisdicción de forma autónoma.
16.2.5. La presente cláusula se aplica al Experto que sea empresario individual y complementa la Sección 9. El Experto podrá indicar el hecho de la colaboración con la Plataforma en sus propios materiales, siempre que ello no cree la impresión de una relación laboral o de agencia.
16.2.6. La presente cláusula se aplica al Experto que sea empresario individual. No se aplican: las disposiciones concebidas exclusivamente para personas físicas, en caso de que llegaran a introducirse en la edición básica (en la presente edición no las hay).
16.3. El Experto es persona jurídica
16.3.1. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica. La presente edición se dirige a las personas jurídicas. Al aceptar la Oferta, la persona jurídica confirma que quien realiza la aceptación tiene facultades para actuar en su nombre, e indica en el área personal su denominación, su número de registro, su domicilio social y, en su caso, su número de IVA.
16.3.2. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica. El Experto persona jurídica recurre por sí mismo a personas físicas ejecutantes y responde de sus actos como de los propios.
16.3.3. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica y se aplica en lugar de la cláusula 1.4. La presente Oferta no genera relaciones laborales ni con el Experto ni con las personas físicas de las que este se sirva. El Experto formaliza por sí mismo sus relaciones con dichas personas y garantiza disponer de todos los derechos necesarios para el cumplimiento de la presente Oferta.
16.3.4. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica y complementa la Sección 4. Si en un Material aparece una persona física de la que se haya servido el Experto, las obligaciones relativas a los documentos de los participantes (cláusulas 4.5–4.9) las cumple el Experto en su integridad, con independencia de la naturaleza de las relaciones entre él y dicha persona.
16.3.5. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica y complementa la Sección 7. El Experto garantiza que ostenta los derechos exclusivos o un alcance adecuado de derechos sobre el Material, incluidos los derechos obtenidos de personas físicas autoras e intérpretes, y que el otorgamiento de derechos al Operador no vulnera obligaciones del Experto frente a terceros.
16.3.6. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica y complementa la Sección 9. Respecto del Experto que sea persona jurídica, la indicación de autoría se efectúa mediante la indicación de la denominación del Experto o del nombre de la persona física autora, según acuerdo de las partes, lo que se hace constar en el acta relativa al Material concreto.
16.3.7. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica y complementa la Sección 14. El Experto responde de los actos de las personas físicas de las que se haya servido, incluida la vulneración por estas de derechos de terceros y de los requisitos relativos a los participantes de los rodajes, como de sus propios actos.
16.3.8. La presente cláusula se aplica al Experto que sea persona jurídica. La cláusula 9.2 (mantenimiento del nombre tras la terminación) se aplica a la denominación del Experto y, cuando se indique una persona física autora, al nombre de esta — sobre las mismas bases.
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